Sesiones de los cuerpos lejislativos de la República de Chile, 1811-1845

Valentín Letelier



Sobre el expediente de nulidad del nombramiento de Diputado al Congreso en el departamento de Achao, presentado a la Camara de Diputados por el Diputado José Santiago Velásquez Gómez, 1840.

Núm. 127

Señor Juez de 1.a instancia:

Don José Jacinto Loaiza, vecino de Achao, departamento de la provincia de Chiloé, a usted comparezco i en la mejor forma que haya lugar digo: que, en virtud del derecho que la lei concede a todo ciudadano, reclamé varias infracciones que se cometieron los dias 29 i 30 del próximo pasado mes de Marzo, en que se celebraron las elecciones de Diputados al Congreso.

Como no pude conseguir se cumpliese con la lei, protesté de nulidad para ante las Cámaras Lejislativas; i respecto de serme necesario para acreditar dicha nulidad rendir informacion de testigos; usted en justicia se ha de servir examinar a todos cuantos presentare para que declaren bajo la sagrada relijion del juramento, al tenor del siguiente interrogatorio:

[ se omite el interrogatorio por ser largo y no necesario para nuestros propositos ]

Por tanto,
A usted suplico que, recibidas las declaraciones de todos los testigos que presentare, se sirva devolver lo actuado para los fines que me convenga, i a continuación informar, como uno de los municipales que presenció el escrutinio jeneral, si es cierto que la caja de Dalcahue vino cerrada solo con una llave. Pido justicia i juro no proceder de malicia. — José Jacinto Loaiza.

Achao, Abril 9 de 1840.—Por presentado, en su virtud, presente el representante los testigos para la justificacion que ofrece.—José Iglesias.

Núm. 128

En la villa de Achao, en nueve dias del mes de Abril del año de mil ochocientos cuarenta, Don José Iglesias, cuarto rejidor de la Ilustre Municipalidad del departamento de Quinchao, provincia de Chiloé, juez de 1a instancia de dicho departamento, subrogante a los primeros rejidores por ausencias i enfermedades i en consecuencia de habérseme pasado por medio de un oficio la facultad de administración para proceder a tomar la prueba que se ofrece en el presente interrogatorio, presentó el representante por testigo al Capitán de Tropas Civiles del Batallon número 11 Don Mateo Subiabre [1], a quien por ante mí i testigos de asistencia recibí juramento, que hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de la cruz, bajo del cual prometió decir verdad de lo que sepa i en cuanto sea interrogado, ¡siéndole al tenor de las preguntas del interrogatorio que antecede;

A la primera dijo: que, con motivo de ser uno de los miembros propietarios de la mesa receptora, reuniéndose a las diez de la mañana del dia veintinueve del mes de Marzo próximo pasado, adjunto con los demas vocales i su presidente don Loreto Paredes, proporcionaron la caja para recibir la votacion de Diputados i electores para Senadores al Congreso Nacional, le consta de ciencia fija que se infrinjió el artículo 50 del Reglamento de Elecciones, por haberse comenzado el dia veintinueve a recibir la votacion hasta las seis de la tarde, en que debió haberse suspendido, i se prorrogó hasta despues de las nueve de la noche por órden del señor gobernador don Lorenzo Cárdenas, aunque este declarante, don Juan Manuel Gallardo i don Casimiro Vera se habían opuesto por querer dar cumplimiento a la lei i por haber sido amenazados, no hicieron mas que obedecer; i responde:

A la segunda,dijo: que es efectivo i constante cuanto en esta pregunta se contiene, i que el individuo de su familia que se nombró de residente en lugar del lejítimo, es primo hermano del gobernador, i responde

A la tercera, dijo: que es muchísima verdad todo cuanto contiene esta pregunta, i responde

A la cuarta, dijo; que es igualmente cierto lo que esta pregunta contiene i lo sabe por haberlo presenciado, i responde

A la quinta, dijo: que así mismo es muchísima verdad el contenido de esta pregunta, pues las voces 1 espresiones del gobernador fueron bien altas i pronunciadas en el acto de entregar el rejistro parroquial, i responde

A la sesta, dijo: que le consta que los inspectores i subdelegados se dirijieron a las casas de los calificados para obligarlos, de órden del gobernador, a que diesen su voto por quien el padre cura les dijese i este hacía íirmar los boletos para imponer una pena a quien le faltase, i responde

A la sétima, dijo: que le consta que la caja de la votacion de Dalcahue llegó con una sola cerradura i que lo sabe con motivo de haber sido uno de los comisionados para el escrutinio jeneral, i responde

A la octava, dijo: que todo lo que ha declarado es público i notorio i le consta por haberlo visto, oido i presenciado.i responde

Que lo dicho es la verdad, en cargo de su juramento hecho, en el que se afirmó i ratificó, eida su declaracion; que no tenía que añadir ni quitar i es de edad de cuarenta i cuatro años, i que no le comprenden las jenerales de la lei i la firmó conmigo i testigos a falta de escribano.— José Iglesias.— Mateo Subiabre —Testigo, Juan Elijio Pérez.—Testigo, Juan Antonio Muñoz.

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En el mismo dia, para el propio fin, presentó el representante por testigo al ciudadano Don Benito Subiabre [2], vecino de este partido, a quien recibí juramento de esta forma i derecho, bajo del cual prometió decir verdad de lo que sepa i en cuanto sea interrogado, i siéndole al tenor de las preguntas del interrogatorio que antecede, orientado de todo el contenido de las preguntas, dijo: que todo i cuanto se contiene desde la primera hasta la sétima es verdad, solo en ésta no presenció que la caja tenía una sola cerradura; pero sí que lo oyó decir a innumerables personas que lo presenciaron, i responde:

A la octava, que lo dicho es público i notorio i lo salie de ciencia fija por haberlo visto, oido i presenciado, i responde que lo que lleva dicho es la verdad en cargo de su juramento hecho, en el que se afirmó i ratificó, leida su declaracion, dijo ser la misma, que no tenía que añadir ni quitar i es|de edad de sesenta años i la firmó junto conmigo i testigos a falta de escribano. - Iglesias. — Benito Subiabre.—Testigo, Juan Elijio Pérez. —Testigo, Juan Antonio Muñoz.

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En el mismo dia i para el mismo fin, presentó el representante por testigo a Don José Subiabre [3], ciudadano del mismo partido, Capitán de Guardias Nacionales del Batallón núm. 5, a quien recibí el juramento de estilo, so cargo del cual prometió decir verdad de lo que sepa i en cuanto se le pregunte, i siéndole examinado el contenido de las preguntas del escrito presentado;

A la primera dijo: que es verdad el contenido, de esta pregunta i responde a las demas, segunda, tercera, cuarta, quinta, sesta, que todas son ciertas en su espíritu i mucha verdad i que de positivo lo sabe, en razon de ser vecino de la parroquia de esta villa de Achao, i que todas las infracciones que en las preguntas se refieren, presenció sus vejámenes de vista i oidas que al efecto desde las seis de la mañana del dia veintinueve que se trata, alojó en su casa en la propia villa para ver, como un ciudadano libre i calificado, en que iban a parar las elecciones, para ver las infracciones que se iban a cometer en la elección por haber de antemano sídole transidental las que estaba cometiendo el gobernador de este departamento con todos sus funcionarios, guardias i el padre cura frai Pedro Castro, en donde permaneció en dicha su casa hasta concluida la votación, teniendo a la vista todas las operaciones por estar al frente i tener a la vista la casa en donde se recibía la elección, i responde:

A la sétima, que no vió si la caja que se trata, tenía solo una cerradura, pero que oyó a las personas cabildantes, comisionados i varias otras personas que presenciaron el escrutinio jeneral, que una sola cerradura tenía dicha caja, i responde:

A la octava, que todo lo que ha declarado es sin disputa la verdad pública i notoria, i responde que lo que lleva dicho es la verdad so cargo del juramento que ha hecho, en el que se afirmó i ratificó; leida su declaracion dijo ser la misma; i es de edad de cuarenta i dos años i la firmó junto conmigo i testigos a falta de escribano.-Iglesias.— José Subiabre.—Testigo, Juan Elijio Pérez.—Testigo, Juan Antonio Muñoz.

Concluidas estas informaciones en lo principal i atendiendo a lo que por último del escrito presentado a que informé, en obsequio de la verdad i justicia, debo de decir i digo que es cierto que la caja del departamento vino solo con una cerradura, i que esto lo sé por haberlo presenciado al tiempo del escrutinio jeneral, como uno de los miembros de este Cabildo. Es cuanto debo de informar sobre este particular.—Achao, Abril 10 de 1840. — José Iglesias.

Achao, Abril 10 de 1840.

Citaciones:

[1] Se trata de Don Mateo de Subiabre Sánchez.

[2] Se trata de Don José Benito de Subiabre del Águila, Capitán.

[3] Se trata de Don José de Subiabre Sánchez, Capitán.

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